Para la opinión pública, la muerte
es demasiado buena para Liu Yong, un gángster juzgado y condenado
a la pena capital, que una vez fungiera como presidente de la Junta
Directiva del Grupo Jiayang de Shenyang. Con todo, la posposición
de su ejecución ha devenido una de las mayores polémicas
de la actualidad china.
Liu fue
condenado a muerte por el Tribunal Popular Intermedio de Tieling,
en la provincia de Liaoning, en el nordeste de China, durante un
juicio inicial celebrado el 17 de abril de 2002. El tribunal condenó
a Liu por liderar una organización que actuaba como sindicato
criminal, por perpetrar asaltos, llevar a cabo negocios ilegales,
ocasionar daños intencionales a la propiedad, practicar sobornos,
interferir en el cumplimiento de la ley y poseer armas de modo ilegal.
El 15 de agosto este año, el Tribunal Popular Superior Provincial
de Liaoning (en lo adelante Tribunal Superior) escuchó la
apelación del caso según procedimientos judiciales.
Aunque la entidad legal confirmó casi todos los delitos cometidos
por Liu en la primera vista, otorgó una suspensión
temporal de dos años a la pena de muerte.
Aunque Liu merece la sentencia, afirmaron los jueces del Tribunal
Superior, se pospone su ejecución en atención a los
hechos, la esencia y las circunstancias de sus actos y sus consecuencias,
así como algunos elementos concretos del caso, pues se sospecha
que “la policía ejerció tortura para obtener
su confesión,” agregó la corte.
A seguido se produjo un verdadero estallido de ira pública.
Algunos arguyeron que Liu debía responder por sus actividades
como gángster. Pero otros impugnaron la búsqueda de
evidencias con medios cuestionables, diciendo que es preciso rechazar
tales métodos para defender la autoridad de la ley y asegurar
los derechos humanos básicos de Liu.
El caso ha estado en la palestra pública desde julio de
2000. Para muchos, el mismo testimonia los progresos de China en
la aplicación de la imparcialidad judicial. El público,
incluyendo al mismo Liu Yong, está aguardando el veredicto
final del Tribunal Superior, máximo órgano judicial
del país.
Una decisión en bien de los derechos humanos
Profesor Chen Xingliang (vicedecano de la Facultad de Derecho
de la Universidad de Pekín y subdirector de la Sociedad China
para Estudios sobre Jurisprudencia Criminal): Hay evidencias
que apuntan al uso de tortura en la investigación del caso
de Liu Yong. Bajo tales circunstancias, es que el Tribunal Superior
reconsidera el fallo del primer juicio, una decisión que
resulta incuestionable desde la perspectiva de la ley.
El daño de la tortura es evidente por sí mismo. Tales
procedimientos resultan a menudo contraproducentes. El caso de Liu
Yong puede convertirse en un ejemplo más en este sentido,
si al final logra escapar a su condena por las acciones nefastas
que cometió la policía.
En innegable que a algunos sospechosos criminales se les ha sometido
a tortura. Desafortunadamente, lo común de esta práctica
condujo a que otros sospechosos, que no la sufrieron, afirmaran
que habían sido sometidos a tales métodos. Hasta el
punto que el público considera ya que la tortura y sus efectos
son consustanciales a la aplicación de la ley. Ahora que
se incrementa la noción de los derechos humanos, los departamentos
concernientes han comenzado a prestar atención al problema.
La tortura siempre ha estado prohibida en China. Se le tipifica
como delito en el Código Penal del país. Sin embargo,
ello no ha impedido que se extienda como una “enfermedad crónica.”
Detrás del fenómeno está la carencia de estipulaciones
legales sobre pruebas obtenidas por medios ilegales.
Desde el punto de vista legal, toda la evidencia en una investigación
criminal debe obtenerse por medios legales. De lo contrario, se
les debe rechazar incluso cuando sean ciertas en un 100 por ciento.
Los documentos jurídicos de China, especialmente las interpretaciones
legales del Tribunal Popular Supremo, proscriben solamente las confesiones
orales obtenidas por medio de tortura, pero aceptan el uso del material
y evidencia escrita adquiridos de la misma manera. Una exclusión
tan incompleta ha dado lugar a la tortura y a otros medios ilegales
de investigación.
La tortura contradice la civilización judicial moderna.
Priva a los sospechosos criminales de dignidad y los derechos humanos
que los hacen iguales a otros seres humanos, para tratarlos como
objetos del delito que podrían servir de canales e instrumentos
para la obtención de evidencias. Ésta es la razón
fundamental por la que la tortura se debe suprimir totalmente en
la práctica.
Aunque la tortura es hasta cierto punto un lugar común en
los procesos de investigación criminal de la actualidad,
sólo por excepción sale a la luz. Esto se debe en
parte a que los departamentos de aplicación de la ley han
consentido tácitamente, o han actuado en connivencia, con
tales fechorías. Por otra parte, las víctimas no tienen
a menudo ninguna evidencia para sustentar sus acusaciones.
Los departamentos de Seguridad Pública que investigan casos
criminales en China, tienen dos opciones para eliminar la tortura:
permitir que los abogados que representan a los sospechosos estén
presentes en las entrevistas, o registrar el proceso en vídeo.
Pero creo que una solución más práctica sería
separar las casas de detención del sistema de Seguridad Pública,
puesto que la práctica anterior conduce naturalmente a la
ausencia de supervisión y alienta las ilegalidades.
Hay quienes sostienen que la ley debe proteger solamente los derechos
e intereses de aquellos que respetan la ley, y no a los sospechosos
criminales. Esta idea está basada en apreciaciones falsas.
Los derechos son para todos, incluidos los posibles delincuentes.
El nivel del sistema legislativo y la conciencia de una sociedad
se demuestran no solamente en la protección de los derechos
e intereses de los ciudadanos respetuosos de la ley, sino también
en la observancia de estas reglas con los delincuentes. Es una necesidad
para la puesta en práctica del principio del imperio de la
ley, porque todos en la vida real somos sospechosos y acusados en
potencia.
Liu Yong un mal ejemplo
Wang Haibo (comentarista en el Information Post):
La observación del profesor Chen Xinglang de que “todos
en la vida real somos sospechosos y acusados en potencia”
me resulta demasiado profunda para captar su significado. Literalmente,
conjeturo que él intentó advertir al público
de no ser excesivamente duro con Liu Yong, cuyo presente podría
ser el mañana de cualquiera. Puesto que una persona con un
expediente de crímenes atroces puede ser castigada con clemencia
para defender sus derechos humanos, los sospechosos y acusados potenciales
también nos beneficiaremos de esa excusa algún día.
El Tribunal Superior fue incapaz de presentar más evidencias
para justificar su decisión de suspender la ejecución
de Liu al tomar su segunda decisión, excepto revelar que
se sospechaba del uso de tortura por parte de la policía
para obtener confesiones. Esto no basta. Como órgano judicial
supremo de la provincia, el tribunal está obligado a investigar
seriamente cualquier infracción probable de los derechos
humanos de un criminal, en lugar de darlo por sentado.
El profesor Chen y el Tribunal Superior otorgan alta importancia
a los derechos humanos de Liu Yong. ¿Pero acaso este gánster
reparó alguna vez en los derechos humanos de sus semejantes?
Desde su formación a finales de 1995 hasta julio de 2000,
la banda de Liu cometió un total de 47 delitos, matando y
lesionando a 42 personas. Los lugareños temblaban ante la
simple mención del nombre de Liu y sus hombres durante ese
tiempo. Qué deplorable resulta que nuestros respetables letrados
cierren los ojos ante la destrucción ilegítima de
la vida humana para poner el énfasis de su labor en la necesidad
de proteger los derechos humanos del principal culpable.
Una vez que se compruebe el uso de la tortura durante la investigación
del caso de Liu Yong, se debe exigir responsabilidades a las personas
involucradas. Pero ello no debe influir en forma directa alguna
sobre la sentencia y sanción contra Liu. Es decir, la pena
debe responder a la culpabilidad, para evitar salvar una vida que
merece la muerte y complacer a los violadores de la ley y la disciplina.
Si ambos errores no pueden ser rectificados, quisiera sugerir al
profesor Chen y al tribunal que apelen a la legislatura estatal
suprema para que prohíba todos los instrumentos de castigo,
para eximir a algunos “jueces misericordiosos” de la
preocupación que les puede ocasionar la posibilidad de la
tortura.
Transparencia imprescindible
Cai Fanghua (comentarista del Diario de la Juventud
de Beijing): Después de que el Tribunal Superior
anunciara la suspensión temporal de dos años para
la ejecución de Liu Yong, se produjo una gran protesta del
público. Las condenas y encuestas respectivas no sólo
están disponibles en Internet, sino también en los
medios informativos oficiales. Las principales preocupaciones de
la gente incluyen: ¿Cuáles son los argumentos legales
para la conmutación? ¿Hay algunos pejes gordos protegiendo
a Liu Yong? ¿Es cierto que se le torturó?
En breve, el público desea saber qué indica la ejecución
pospuesta de un notorio cabecilla gansteril: ¿Se trata de
un progreso del sistema legislativo, o el precio de la negligencia
de los agentes de la ley? Desafortunadamente, no tenemos ninguna
respuesta exacta hasta la fecha.
Se precisa de opinión profesional para determinar la sanción
que conllevan los crímenes de Liu Yong. Los ciudadanos comunes
no tienen base para comentar. A pesar de esto, todavía tenemos
el derecho a cuestionar las razones substanciales detrás
del tratamiento clemente que se le dispensó en la segunda
decisión. Es aquí donde los medios informativos entran
a jugar su papel, que no debe limitarse a proponer interrogantes,
sino que debe proponer asimismo respuestas. No se trata de intentar
un “juicio mediático,” ni de interferir en la
independencia judicial. De lo que se trata es de salvaguardar el
derecho del público a saber y supervisar el sistema judicial.
Los órganos judiciales deben mantener su independencia,
tomando los hechos como la base y la ley como el criterio en los
juicios, manteniendo a raya la interferencia de los departamentos
administrativos y de los medios informativos. A la par, deben someterse
al escrutinio de los medios y, sin dañar la seguridad del
Estado, cumplir con la obligación de divulgar la información.
El acceso oportuno, exacto y completo a la información es
de importancia vital para asegurar la imparcialidad y la autoridad
judiciales de la ley.
Debido a su influencia a nivel nacional, la suspención de
la pena impuesta a Liu Yong ha generado amplia preocupación.
El Tribunal Superior debe por supuesto dar una explicación
detallada al respecto, en lugar de caer en ambigüedades. Por
desgracia, la segunda decisión se valió solamente
de algunas expresiones vagas al estilo de “algunos elementos
concretos del caso,” y la corte fue incapaz de explicar razones
convincentes sobre su decisión en entrevistas posteriores
con los medios informativos. Como era de esperar, entonces se suscitaron
los rumores. El acceso incompleto a la información infringe
el derecho del público a saber y da lugar a su desconfianza
sobre la imparcialidad judicial. La autoridad de la ley también
sufre.
Puede que en el proceso seguido a Liu Yong no se hayan producido
arreglos a trasmano. Puede que la suspención responda de
forma estricta al espíritu de la ley. Pero el público
pide a gritos información exacta y completa para convencerse.
Encubrir la verdad no beneficiará a nadie.
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