¿Por qué sigue vivo Liu Yong?

 

Para la opinión pública, la muerte es demasiado buena para Liu Yong, un gángster juzgado y condenado a la pena capital, que una vez fungiera como presidente de la Junta Directiva del Grupo Jiayang de Shenyang. Con todo, la posposición de su ejecución ha devenido una de las mayores polémicas de la actualidad china.

Liu fue condenado a muerte por el Tribunal Popular Intermedio de Tieling, en la provincia de Liaoning, en el nordeste de China, durante un juicio inicial celebrado el 17 de abril de 2002. El tribunal condenó a Liu por liderar una organización que actuaba como sindicato criminal, por perpetrar asaltos, llevar a cabo negocios ilegales, ocasionar daños intencionales a la propiedad, practicar sobornos, interferir en el cumplimiento de la ley y poseer armas de modo ilegal.

El 15 de agosto este año, el Tribunal Popular Superior Provincial de Liaoning (en lo adelante Tribunal Superior) escuchó la apelación del caso según procedimientos judiciales. Aunque la entidad legal confirmó casi todos los delitos cometidos por Liu en la primera vista, otorgó una suspensión temporal de dos años a la pena de muerte.

Aunque Liu merece la sentencia, afirmaron los jueces del Tribunal Superior, se pospone su ejecución en atención a los hechos, la esencia y las circunstancias de sus actos y sus consecuencias, así como algunos elementos concretos del caso, pues se sospecha que “la policía ejerció tortura para obtener su confesión,” agregó la corte.

A seguido se produjo un verdadero estallido de ira pública. Algunos arguyeron que Liu debía responder por sus actividades como gángster. Pero otros impugnaron la búsqueda de evidencias con medios cuestionables, diciendo que es preciso rechazar tales métodos para defender la autoridad de la ley y asegurar los derechos humanos básicos de Liu.

El caso ha estado en la palestra pública desde julio de 2000. Para muchos, el mismo testimonia los progresos de China en la aplicación de la imparcialidad judicial. El público, incluyendo al mismo Liu Yong, está aguardando el veredicto final del Tribunal Superior, máximo órgano judicial del país.

Una decisión en bien de los derechos humanos

Profesor Chen Xingliang (vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Pekín y subdirector de la Sociedad China para Estudios sobre Jurisprudencia Criminal): Hay evidencias que apuntan al uso de tortura en la investigación del caso de Liu Yong. Bajo tales circunstancias, es que el Tribunal Superior reconsidera el fallo del primer juicio, una decisión que resulta incuestionable desde la perspectiva de la ley.

El daño de la tortura es evidente por sí mismo. Tales procedimientos resultan a menudo contraproducentes. El caso de Liu Yong puede convertirse en un ejemplo más en este sentido, si al final logra escapar a su condena por las acciones nefastas que cometió la policía.

En innegable que a algunos sospechosos criminales se les ha sometido a tortura. Desafortunadamente, lo común de esta práctica condujo a que otros sospechosos, que no la sufrieron, afirmaran que habían sido sometidos a tales métodos. Hasta el punto que el público considera ya que la tortura y sus efectos son consustanciales a la aplicación de la ley. Ahora que se incrementa la noción de los derechos humanos, los departamentos concernientes han comenzado a prestar atención al problema.

La tortura siempre ha estado prohibida en China. Se le tipifica como delito en el Código Penal del país. Sin embargo, ello no ha impedido que se extienda como una “enfermedad crónica.” Detrás del fenómeno está la carencia de estipulaciones legales sobre pruebas obtenidas por medios ilegales.

Desde el punto de vista legal, toda la evidencia en una investigación criminal debe obtenerse por medios legales. De lo contrario, se les debe rechazar incluso cuando sean ciertas en un 100 por ciento. Los documentos jurídicos de China, especialmente las interpretaciones legales del Tribunal Popular Supremo, proscriben solamente las confesiones orales obtenidas por medio de tortura, pero aceptan el uso del material y evidencia escrita adquiridos de la misma manera. Una exclusión tan incompleta ha dado lugar a la tortura y a otros medios ilegales de investigación.

La tortura contradice la civilización judicial moderna. Priva a los sospechosos criminales de dignidad y los derechos humanos que los hacen iguales a otros seres humanos, para tratarlos como objetos del delito que podrían servir de canales e instrumentos para la obtención de evidencias. Ésta es la razón fundamental por la que la tortura se debe suprimir totalmente en la práctica.

Aunque la tortura es hasta cierto punto un lugar común en los procesos de investigación criminal de la actualidad, sólo por excepción sale a la luz. Esto se debe en parte a que los departamentos de aplicación de la ley han consentido tácitamente, o han actuado en connivencia, con tales fechorías. Por otra parte, las víctimas no tienen a menudo ninguna evidencia para sustentar sus acusaciones.

Los departamentos de Seguridad Pública que investigan casos criminales en China, tienen dos opciones para eliminar la tortura: permitir que los abogados que representan a los sospechosos estén presentes en las entrevistas, o registrar el proceso en vídeo. Pero creo que una solución más práctica sería separar las casas de detención del sistema de Seguridad Pública, puesto que la práctica anterior conduce naturalmente a la ausencia de supervisión y alienta las ilegalidades.

Hay quienes sostienen que la ley debe proteger solamente los derechos e intereses de aquellos que respetan la ley, y no a los sospechosos criminales. Esta idea está basada en apreciaciones falsas. Los derechos son para todos, incluidos los posibles delincuentes. El nivel del sistema legislativo y la conciencia de una sociedad se demuestran no solamente en la protección de los derechos e intereses de los ciudadanos respetuosos de la ley, sino también en la observancia de estas reglas con los delincuentes. Es una necesidad para la puesta en práctica del principio del imperio de la ley, porque todos en la vida real somos sospechosos y acusados en potencia.

Liu Yong un mal ejemplo

Wang Haibo (comentarista en el Information Post): La observación del profesor Chen Xinglang de que “todos en la vida real somos sospechosos y acusados en potencia” me resulta demasiado profunda para captar su significado. Literalmente, conjeturo que él intentó advertir al público de no ser excesivamente duro con Liu Yong, cuyo presente podría ser el mañana de cualquiera. Puesto que una persona con un expediente de crímenes atroces puede ser castigada con clemencia para defender sus derechos humanos, los sospechosos y acusados potenciales también nos beneficiaremos de esa excusa algún día.

El Tribunal Superior fue incapaz de presentar más evidencias para justificar su decisión de suspender la ejecución de Liu al tomar su segunda decisión, excepto revelar que se sospechaba del uso de tortura por parte de la policía para obtener confesiones. Esto no basta. Como órgano judicial supremo de la provincia, el tribunal está obligado a investigar seriamente cualquier infracción probable de los derechos humanos de un criminal, en lugar de darlo por sentado.

El profesor Chen y el Tribunal Superior otorgan alta importancia a los derechos humanos de Liu Yong. ¿Pero acaso este gánster reparó alguna vez en los derechos humanos de sus semejantes? Desde su formación a finales de 1995 hasta julio de 2000, la banda de Liu cometió un total de 47 delitos, matando y lesionando a 42 personas. Los lugareños temblaban ante la simple mención del nombre de Liu y sus hombres durante ese tiempo. Qué deplorable resulta que nuestros respetables letrados cierren los ojos ante la destrucción ilegítima de la vida humana para poner el énfasis de su labor en la necesidad de proteger los derechos humanos del principal culpable.

Una vez que se compruebe el uso de la tortura durante la investigación del caso de Liu Yong, se debe exigir responsabilidades a las personas involucradas. Pero ello no debe influir en forma directa alguna sobre la sentencia y sanción contra Liu. Es decir, la pena debe responder a la culpabilidad, para evitar salvar una vida que merece la muerte y complacer a los violadores de la ley y la disciplina. Si ambos errores no pueden ser rectificados, quisiera sugerir al profesor Chen y al tribunal que apelen a la legislatura estatal suprema para que prohíba todos los instrumentos de castigo, para eximir a algunos “jueces misericordiosos” de la preocupación que les puede ocasionar la posibilidad de la tortura.

Transparencia imprescindible

Cai Fanghua (comentarista del Diario de la Juventud de Beijing): Después de que el Tribunal Superior anunciara la suspensión temporal de dos años para la ejecución de Liu Yong, se produjo una gran protesta del público. Las condenas y encuestas respectivas no sólo están disponibles en Internet, sino también en los medios informativos oficiales. Las principales preocupaciones de la gente incluyen: ¿Cuáles son los argumentos legales para la conmutación? ¿Hay algunos pejes gordos protegiendo a Liu Yong? ¿Es cierto que se le torturó?

En breve, el público desea saber qué indica la ejecución pospuesta de un notorio cabecilla gansteril: ¿Se trata de un progreso del sistema legislativo, o el precio de la negligencia de los agentes de la ley? Desafortunadamente, no tenemos ninguna respuesta exacta hasta la fecha.

Se precisa de opinión profesional para determinar la sanción que conllevan los crímenes de Liu Yong. Los ciudadanos comunes no tienen base para comentar. A pesar de esto, todavía tenemos el derecho a cuestionar las razones substanciales detrás del tratamiento clemente que se le dispensó en la segunda decisión. Es aquí donde los medios informativos entran a jugar su papel, que no debe limitarse a proponer interrogantes, sino que debe proponer asimismo respuestas. No se trata de intentar un “juicio mediático,” ni de interferir en la independencia judicial. De lo que se trata es de salvaguardar el derecho del público a saber y supervisar el sistema judicial.

Los órganos judiciales deben mantener su independencia, tomando los hechos como la base y la ley como el criterio en los juicios, manteniendo a raya la interferencia de los departamentos administrativos y de los medios informativos. A la par, deben someterse al escrutinio de los medios y, sin dañar la seguridad del Estado, cumplir con la obligación de divulgar la información. El acceso oportuno, exacto y completo a la información es de importancia vital para asegurar la imparcialidad y la autoridad judiciales de la ley.

Debido a su influencia a nivel nacional, la suspención de la pena impuesta a Liu Yong ha generado amplia preocupación. El Tribunal Superior debe por supuesto dar una explicación detallada al respecto, en lugar de caer en ambigüedades. Por desgracia, la segunda decisión se valió solamente de algunas expresiones vagas al estilo de “algunos elementos concretos del caso,” y la corte fue incapaz de explicar razones convincentes sobre su decisión en entrevistas posteriores con los medios informativos. Como era de esperar, entonces se suscitaron los rumores. El acceso incompleto a la información infringe el derecho del público a saber y da lugar a su desconfianza sobre la imparcialidad judicial. La autoridad de la ley también sufre.

Puede que en el proceso seguido a Liu Yong no se hayan producido arreglos a trasmano. Puede que la suspención responda de forma estricta al espíritu de la ley. Pero el público pide a gritos información exacta y completa para convencerse. Encubrir la verdad no beneficiará a nadie.